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Acerca de INCAP/ Direccion y Conduccion

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Dirección y Conducción

Responsabilidades
La Dirección del INCAP está a cargo de un Director nombrado por el Consejo Directivo, elegido de conformidad con los procedimientos aprobados por este Consejo.

El Director del INCAP es responsable del desarrollo de las actividades del Instituto, según las normas, reglamentos, orientaciones programáticas y administrativas aprobadas por su Consejo Directivo y según lo establecido por el Convenio Básico.
Funciones

Las funciones del Director del INCAP son:

  1. Administrar el Instituto de acuerdo a su misión, funciones, políticas, planes, programas y proyectos determinados y aprobados por el Consejo Directivo del INCAP.
  2. Nombrar al personal técnico, científico y administrativo, de acuerdo a las disposiciones vigentes y supervisor su óptimo funcionamiento y desarrollo para cumplir con el plan de trabajo del INCAP.
  3. Convocar ]as reuniones del Consejo Directivo y del Consejo Consultivo y actuar como Secretario Ex-Oficio en las mismas.
  4. Preparar la propuesta de programa y presupuesto bianual del INCAP para la consideración y revisión de los Miembros del Consejo Directivo, por lo menos con un mes de anticipación a la reunión ordinaria del Consejo Directivo.
  5. Presentar en la reunión ordinaria del Consejo Directivo el informe anual de actividades y los estados financieros del año anterior y los planes, programas, proyectos y presupuesto de corto, mediano y largo plazo. El Director rendirá informes adicionales siempre que lo solicite alguno de los Miembros en propiedad o cuando lo considere necesario.
  6. Someter a la consideración del Consejo Directivo los estatutos, normas y reglamentos que sean necesarios para la organización y administración del Instituto.
  7. Cumplir y hacer cumplir, dentro del ámbito de su competencia, el presente Convenio Básico y los estatutos, normas y reglamentos.
  8. Cumplir las funciones que le sean delegadas por el Consejo Directivo, y en general, emprender y realizar cuantas acciones considere necesarias, de conformidad con el Convenio Básico.
  9. Abogar ante autoridades nacionales, regionales e internacionales para la búsqueda de soluciones en apoyo al mejoramiento de la seguridad alimentaria y nutricional.
  10.  Establecer, mantener y fortalecer vínculos de cooperación y de entendimiento mutuo con la Institucionalidad centroamericana y los organismos de cooperación internacional.

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